
Una sentencia del Juzgado de los Social de Ávila, ratificada íntegramente por el Tribunal Superior de Justicia y León, reconoce la jubilación parcial a un empleado público de la Subdelegación del Gobierno de Ávila. La sentencia, rechaza así el recurso interpuesto por el Ministerio de Administraciones Públicas contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 7 de Ávila el pasado mes de julio de 2008, y reconoce al empleado público la reducción de su jornada laboral en un 85%.
El Tribunal Superior de Justicia reconoce que el trabajador "reúne los requisitos para reducir su jornada, con la obligación del Ministerio de concertar el oportuno contrato de relevo, con el objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador".
Continua el Tribunal que en este proceso "no se discute que el trabajador reúna los requisitos generales para acceder a la jubilación parcial, pues tiene la edad mínima de 60 años", y hace hincapié en que "la finalidad de la jubilación parcial no es solo la del beneficio para el trabajador, sino que además cumple una función de fomento de empleo".
También afirma el Tribunal que las recomendaciones del Consejo de la Unión Europea "invitan a una jubilación flexible de los trabajadores asalariados, de forma que obtengan una reducción progresiva de la duración de su trabajo durante los últimos años que preceden a su jubilación".
El Tribunal Superior de Justicia reconoce que el trabajador "reúne los requisitos para reducir su jornada, con la obligación del Ministerio de concertar el oportuno contrato de relevo, con el objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador".
Continua el Tribunal que en este proceso "no se discute que el trabajador reúna los requisitos generales para acceder a la jubilación parcial, pues tiene la edad mínima de 60 años", y hace hincapié en que "la finalidad de la jubilación parcial no es solo la del beneficio para el trabajador, sino que además cumple una función de fomento de empleo".
También afirma el Tribunal que las recomendaciones del Consejo de la Unión Europea "invitan a una jubilación flexible de los trabajadores asalariados, de forma que obtengan una reducción progresiva de la duración de su trabajo durante los últimos años que preceden a su jubilación".