De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de vigente Convenio Colectivo y Acuerdo de Funcionarios, los 5 días laborables de permiso que se conceden con motivo de la Navidad, se distribuyen de la siguiente forma:- PRIMER TURNO: Días 22, 23, 26, 29 y 30 de diciembre de 2008.
- SEGUNDO TURNO: Días 2, 5, 7, 8 y 9 de enero de 2009.
Cada departamento deberá presentar antes del día 30 de noviembre en la Sección de Personal la relación de trabajadores/as que han de disfrutar cada uno de los turnos establecidos.